Resumen del criterio jurisprudencial
El demandante presentó una reclamación ante el Tribunal Tributario y Aduanero de Valparaíso contra el Servicio de Impuestos Internos. El tribunal ordenó a la parte reclamante subsanar ciertos defectos formales, específicamente precisar el acto reclamado, acompañar su copia y constancia de notificación, y señalar los fundamentos. Al no cumplirse íntegramente con lo requerido dentro del plazo, el tribunal aplicó el artículo 125 del Código Tributario. En consecuencia, se tuvo por no presentada la reclamación para todos los efectos legales. La resolución fue dictada por el juez titular Francisco Orellana Rivera y autorizada por la secretaria abogada Lily Paola Feliú Azzar.