Resumen del criterio jurisprudencial
Las reclamantes Empresa de Agua Potable del Litoral S.A. e Inmobiliaria Las Ágatas S.A. interpusieron recurso de casación en el fondo contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que desestimó su reclamación frente a la Resolución N° 2.331 de la Dirección General de Aguas de la V Región, que rechazó su solicitud de derecho de aprovechamiento de aguas subterráneas. Las recurrentes denunciaron la infracción de los artículos 52 de la Ley 19.880 y 9 del Código Civil, alegando que la Resolución DGA N° 372 que declaró área de restricción no podía aplicarse retroactivamente a su petición de agosto de 2000. Además imputaron la contravención a los artículos 22 y 141 del Código de Aguas por omisión de aplicación pese a cumplir requisitos. La Corte Suprema rechazó el recurso, confirmando la denegación basada en la determinación técnica de disponibilidad hídrica y la vigencia de la restricción. El tribunal precisó que las cuestiones fácticas y técnicas no son revisables en casación sin denuncia de infracción a normas probatorias. Asimismo, estableció que el cumplimiento de exigencias formales no obliga a la autoridad a conceder el derecho si no hay disponibilidad del recurso.