Resumen del criterio jurisprudencial
El candidato a Alcalde por Quinchao, René Garcés Álvarez, reclamó contra la resolución del Director del Servicio Electoral que rechazó su cuenta de ingresos y gastos electorales y desestimó su solicitud de reembolso por $4.000.000. El Servicio Electoral mantuvo dos observaciones: un gasto de $896.000 por servicios de clínica deportiva y charla motivacional, y otro de $1.904.000 por servicios de BENBRU SPA, considerando que no se justificó su carácter de gasto electoral. El reclamante argumentó que ambos gastos correspondían a actividades de campaña y estaban debidamente documentados. El Tribunal Calificador de Elecciones acogió la reclamación, señalando que los gastos se enmarcan en el artículo 2° letra a) de la Ley N°19.884 y que la resolución reclamada no expresó fundamentos suficientes para desestimar los antecedentes aportados. En consecuencia, se aprobó la cuenta electoral y se autorizó el reembolso correspondiente.