Resumen del criterio jurisprudencial
La sucesión de la exfuncionaria de la Subsecretaría de Educación Superior que solicitó, en la oportunidad extraordinaria que establece el artículo 53 de la ley N° 21.647, la concesión de los beneficios por retiro de las leyes N°s. 19.882 y 20.948, solo puede acceder al que regula ese último texto legal, toda vez que la ley N° 19.882 no permite la heredabilidad de su bonificación.