Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo deducido en contra del Ejército de Chile, ordenando la entrega de la hoja de vida solicitada. Lo anterior, por cuanto la función pública debe ejercerse con probidad y transparencia, lo que conlleva el cumplimiento de una obligación elevada a rango constitucional, de transparentar las actuaciones de los funcionarios de los órganos de la Administración del Estado ante la ciudadanía. Aplica criterio contenidos en las decisiones de amparos roles C2010-17; C2089-17; C3046-17 y C3047-17; C3244-17; C1241-18; C1366-18, C9139-21, C5349-22 y C6299-23, entre otras. En virtud del principio de divisibilidad, previo a la entrega, el órgano deberá tarjar los datos personales y sensibles de contexto que pudieren constar en la información cuya entrega se ordena, en conformidad a lo previsto en la Ley sobre Protección de la Vida Privada.