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El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo presentado en contra de…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo presentado en contra de la Municipalidad de El Tabo por la negativa a entregar información solicitada mediante una solicitud de acceso. El Consejo ordenó a la Municipalidad entregar la información requerida en los numerales 1, 3, 4, 5, 6 y 7 de la solicitud, en los términos indicados en los considerandos, dentro de un plazo de 5 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, con la obligación de acreditar su cumplimiento. Respecto de los numerales 2 y 8, el amparo fue rechazado por estimar el Consejo que la Municipalidad ya había entregado la información solicitada. La decisión puede reclamarse de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante dentro de 15 días corridos desde su notificación, conforme a la Ley de Transparencia.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Oficio 92
  • Oficio N° 196
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Qué debe hacer un organismo público si rechaza entregar información solicitada por la Ley de Transparencia y el Consejo acoge el amparo?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió parcialmente el amparo contra la Municipalidad de El Tabo y le ordenó entregar la información de varios numerales de la solicitud dentro de 5 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, acreditando su cumplimiento.

¿Cuándo se considera que un organismo ya entregó la información pedida y no procede un amparo por esos puntos?

En este caso, el Consejo rechazó el amparo respecto de los numerales 2 y 8 de la solicitud porque estimó que la Municipalidad de El Tabo ya había entregado esa información.

¿Cuál es el plazo para reclamar de ilegalidad una decisión del Consejo para la Transparencia?

En este caso, la decisión del Consejo puede reclamarse de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante dentro de 15 días corridos desde su notificación, conforme a la Ley de Transparencia.

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