Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la exigencia de declarar en las propuestas técnicas de licitaciones de obras públicas, conforme a la letra a) del N° 1 del artículo 76 del Reglamento para Contratos de Obras Públicas, las obras que el oferente tiene en ejecución. El caso se originó en un contrato de la Dirección de Vialidad de la Región de Los Lagos, adjudicado a una empresa cuyo contrato previo, celebrado ad referéndum en la Región de La Araucanía para atender emergencias viales tras la catástrofe declarada por decreto N° 1.087, de 2008, del Ministerio del Interior, había comenzado a ejecutarse antes de la aprobación formal del acto administrativo. El organismo concluyó que esa situación excepcional no debió impedir que el proponente incluyera dicha obra en su declaración, pues la información entregada debe corresponder a la situación real de la empresa. Como la adjudicación ya había sido tomada razón con anterioridad, el dictamen dispuso que la Dirección de Vialidad ajuste su actuación en lo sucesivo a lo concluido y aplique los incisos penúltimo y final del N° 1 del artículo 76. En consecuencia, reconsideró el oficio N° 2.672, de 2010, de la Contraloría Regional de Los Lagos.