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El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo presentado por un partic…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo presentado por un particular en contra de la Municipalidad de La Reina, solicitando información sobre viáticos pagados en un periodo comprendido entre junio de 2021 y abril de 2023. El Consejo tuvo por entregada, aunque de forma extemporánea, la información sobre la entidad que asumió el costo de los viáticos, pues el organismo la entregó tras el procedimiento de reclamo iniciado ante esta sede. Respecto del desglose de gastos en alimentación y alojamiento, el amparo fue rechazado porque el requerimiento no expresó la alegación con la claridad que exige el artículo 12 letra b) de la Ley de Transparencia, no existe obligación legal de rendir cuenta de esos conceptos y no había antecedentes que contradijeran que el órgano no tenía dicha información. Asimismo, el Consejo representó al Alcalde la infracción a los artículos 11 letra h) y 14 de la ley, por no responder la solicitud dentro del plazo legal.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
  • LOC de Municipalidades
amparoDecisión de FondoEconomía y Finanzas

Preguntas frecuentes

¿Puede el Consejo para la Transparencia acoger un amparo si la municipalidad entrega la información solicitada solo después de iniciado el reclamo?

En este caso, el Consejo tuvo por entregada la información sobre la entidad que asumió el costo de los viáticos, aunque de forma extemporánea, porque el organismo la entregó tras iniciarse el procedimiento de reclamo ante esta sede.

¿Procede un amparo para obtener el desglose de gastos en alimentación y alojamiento pagados con viáticos municipales?

En este caso, el amparo fue rechazado en ese punto porque el requerimiento no expresó la alegación con la claridad que exige el artículo 12 letra b) de la Ley de Transparencia, no existe obligación legal de rendir cuenta de esos conceptos y no había antecedentes que contradijeran que el órgano no tenía esa información.

¿Qué consecuencia tiene que un órgano de la administración del Estado no responda una solicitud de acceso a la información dentro del plazo legal?

En este caso, el Consejo representó al A.L.R. la infracción a los artículos 11 letra h) y 14 de la Ley de Transparencia, por no responder la solicitud dentro del plazo legal.

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