Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de una exfuncionaria de la salud municipal que pedía traspasar al régimen de la ex Caja de Retiro y Previsión Social de los Empleados Municipales sus cotizaciones previsionales. El organismo concluyó que no es posible traspasar las cotizaciones integradas entre octubre de 1997 y septiembre de 2006, por haberse excedido el plazo de dos años del artículo 53 de la ley N° 19.880. En cambio, sí procede el traspaso de las imposiciones posteriores, entre enero de 2007 y abril de 2011, cobrando la diferencia de tasa que resulte. Se rechazó aplicar la prescripción del artículo 2.515 del Código Civil, pero se dispuso que la deuda se determine en montos nominales, sin reajustes, intereses ni multas, ya que el deber de enterar las cotizaciones corresponde al empleador. Además, se reconoció el derecho a percibir el desahucio del artículo 46 de la ley N° 11.219, debiendo la interesada presentar esa petición ante el Instituto de Previsión Social, organismo que deberá efectuar un nuevo cálculo de la suma a pagar.