Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo deducido en contra de la Municipalidad de Puqueldón, ordenando la entrega de información relativa a contratos de trabajo, solicitudes de permiso, decretos de funciones y resoluciones, registro de viáticos, permisos y feriados legales, archivo de control de horario, aclaración sobre incendio en edificio consistorial y decretos o actas de destrucción de documentos. Lo anterior, por cuanto la respuesta entregada no permite satisfacer el presente requerimiento y por haberse descartado la concurrencia de la causal de reserva contemplada en el artículo 21 N° 1 letra c) de la Ley de Transparencia. En adecuación del Principio de Divisibilidad, deberán reservarse todos aquellos datos personales de contexto que se encuentren comprendidos en la información cuya entrega se ordena. No obstante, en el evento en que esta información o parte de ella no obre en poder del órgano, se deberá comunicar dicha circunstancia al reclamante y a este Consejo, indicando detalladamente las razones que lo justifiquen.