Resumen del criterio jurisprudencial
Servicio de Bienestar. Funcionarios cuyos cargos se declararon vacantes y jubilaron siendo su último empleador un Servicio Público determinado, pueden afiliarse al Servicio de Bienestar de el mismo.
Servicio de Bienestar. Funcionarios cuyos cargos se declararon vacantes y jubilaron siendo su último empleador un Servicio Público determinado, pueden afiliarse al Servicio de Bienestar de el mismo.
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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.