Administrativo

La Contraloría General de la República se pronunció sobre una solicitud de la Subsecret…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2017

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre una solicitud de la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo para que se le autorizara a aceptar copias de los comprobantes de ingreso emitidos por los servicios de vivienda y urbanización (SERVIU) en las rendiciones de cuentas de transferencias de recursos entre organismos públicos. El órgano fiscalizador rechazó la autorización. Explicó que, conforme a su resolución sobre rendiciones, solo se considera auténtico el documento original, y que las copias autentificadas sólo proceden en casos calificados, que en este caso no concurrían. Además, el artículo 26 de dicha normativa exige que la transferencia se rinda con el comprobante de ingreso emitido por el organismo receptor. Por ello, correspondía a los SERVIU rendir cuentas con el comprobante original, y a la Subsecretaría rendir la transferencia ante el órgano de control con ese mismo documento.

Normas citadas

  • pol art/98 inc/1
  • ley 10336 art/85 inc/1
  • res 30/2015 CONTR art/2
  • res 30/2015 CONTR art/4 inc/2
  • res 30/2015 CONTR art/26 inc/1
  • res 30/2015 CONTR art/26 inc/2
  • res 30/2015 CONTR art/26 inc/3
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Se pueden aceptar copias de los comprobantes de ingreso como respaldo en la rendición de cuentas de transferencias entre organismos públicos?

En este caso, la Contraloría General de la República rechazó la solicitud de la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo para aceptar copias de los comprobantes de ingreso de los SERVIU. Sostuvo que solo se considera auténtico el documento original y que las copias autentificadas proceden únicamente en casos calificados, los que no concurrían.

¿Con qué documento deben rendir cuentas los SERVIU y la Subsecretaría una transferencia de recursos entre organismos públicos?

Según este dictamen, los SERVIU deben rendir cuentas con el comprobante de ingreso original emitido por el organismo receptor. La Subsecretaría también debe rendir la transferencia ante el órgano de control con ese mismo documento original.

¿Qué exige la normativa de rendiciones de cuentas de la Contraloría sobre el comprobante de ingreso en una transferencia?

En este caso, la Contraloría explicó que el artículo 26 de su resolución sobre rendiciones exige que la transferencia se rinda con el comprobante de ingreso emitido por el organismo receptor. Por eso rechazó que se aceptaran copias en su lugar.

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