Las sumas o porcentajes que los trabajadores autorizan descontar al empleador de sus re…
Dictamen · Dirección del Trabajo · 2010
Resumen
Las sumas o porcentajes que los trabajadores autorizan descontar al empleador de sus remuneraciones para ser enteradas en la cuenta de capitalización individual de la cónyuge o del cónyuge afiliado voluntario a una Administradora de Fondos de Pensiones, de conformidad al artículo 92 M del D.L. Nº 3.500, de 1980, son de los descuentos voluntarios pactados con el empleador, y por ende, se encuentran sujetos a un tope máximo del 15% de la remuneración total del trabajador.
Normas citadas
D.L. N° 3.500
Código del Trabajo
Artículo 58 del Código del Trabajo
Ley N° 20.255
Oficio Ord. N° 11.232
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