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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la asignación de experiencia…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la asignación de experiencia de un docente municipal que, tras la regularización de su régimen, reclamó el reconocimiento de años servidos bajo contrato del Código del Trabajo. El órgano fiscalizador señaló que la asignación, regulada por el decreto N° 264 de 1991 del Ministerio de Educación, se devenga por años de servicios docentes efectivos prestados en el sector público o particular, sin distinguir la naturaleza jurídica de la contratación, pues se fundamenta en la experiencia en el ejercicio del trabajo. En consecuencia, dispuso que, si el recurrente efectivamente ejerció labores docentes, se le debe reconocer ese período para el cálculo de la asignación, debiendo el municipio acreditarlo ante la Unidad de Seguimiento de la División de Municipalidades en 20 días hábiles. Respecto de la indemnización por años de servicio, la Contraloría la declaró improcedente, pues las causales de término del Código del Trabajo no eran aplicables al recurrente.

Normas citadas

  • dto 352/2003 EDUCA art/6 inc/2
  • ley 19070 art/25
  • ley 19070 art/72 lt/d
  • ley 19070 art/48 inc/1
  • dto 264/91 EDUCA art/1 inc/2
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Se reconoce la asignación de experiencia de un docente municipal por años trabajados bajo contrato del Código del Trabajo?

En este caso, la Contraloría General de la República sostuvo que la asignación de experiencia se devenga por años de servicios docentes efectivos, sin distinguir la naturaleza jurídica de la contratación. Por ello, si el docente ejerció labores docentes, ese período debe reconocerse para calcular la asignación.

¿Procede la indemnización por años de servicio para un docente que pasó de contrato laboral a régimen estatutario?

En este caso, la Contraloría la declaró improcedente, porque las causales de término del Código del Trabajo no eran aplicables al docente. Por lo tanto, no se le reconoció el derecho a esa indemnización.

¿Qué debe hacer el municipio para acreditar los años de experiencia docente de un funcionario?

En este caso, la Contraloría dispuso que el municipio debe acreditar el período ante la Unidad de Seguimiento de la División de Municipalidades dentro de 20 días hábiles. Este plazo se fijó para que el reconocimiento de la experiencia se haga efectivo en el cálculo de la asignación.

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