Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la consulta de un exdocente de la Municipalidad de Coyhaique, quien pidió determinar si tenía derecho a los beneficios de las leyes N° 20.305 y N° 19.070, artículo 2° transitorio, tras recibir de la Contraloría Regional de Aysén dos respuestas que consideraba discordantes. El órgano constató que, respecto del bono de la ley N° 20.305, si bien se cumplía el requisito de una tasa de reemplazo líquida igual o inferior al 55%, el municipio rechazó la solicitud porque el interesado no estaba en funciones al presentarla y había cesado por salud incompatible con el desempeño de sus funciones, causal no contemplada por la ley. Sobre el beneficio del artículo 2° transitorio de la ley N° 19.070, se concluyó que no se reunía el requisito de haberse desempeñado de manera ininterrumpida en el sector municipal. En consecuencia, el dictamen determinó que el interesado no tiene derecho a las prestaciones reclamadas.