La Contraloría General de la República fue consultada sobre si la excepción del inciso…
Dictamen · Contraloría General de la República · 2011
Resumen
La Contraloría General de la República fue consultada sobre si la excepción del inciso cuarto del artículo 39 de la Ley sobre E.C.B.A., que permite la venta o consumo de alcohol en establecimientos de educación, es aplicable a los establecimientos de educación superior. El organismo concluyó que no resulta aplicable, por cuanto el legislador circunscribió tanto la prohibición como la excepción a la enseñanza parvularia, básica y media, al incorporarlas en el artículo que regula los programas de moderación en el consumo. Sin perjuicio de ello, indicó que las municipalidades pueden otorgar a dichos planteles la autorización especial transitoria del inciso tercero del artículo 19, por un máximo de tres días, de manera excepcional y sin impedimento jurídico en las condiciones que esa norma detalla.
Normas citadas
ley 19925 art/primero art/39 inc/4
ley 19925 art/primero art/39 inc/3
ley 17105 art/130
ley 19925 art/primero art/19
ContraloríaCGRdictamen
Preguntas frecuentes
¿Se puede vender o consumir alcohol en establecimientos de educación superior según la ley de alcoholes en Chile?
En este caso, la Contraloría General de la República concluyó que la excepción del inciso cuarto del artículo 39 de la Ley sobre E.C.B.A., que permite vender o consumir alcohol en establecimientos de educación, no es aplicable a los establecimientos de educación superior. Lo indicó porque el legislador la circunscribió a la enseñanza parvularia, básica y media.
¿Pueden las municipalidades autorizar actividades con alcohol en universidades o institutos de educación superior?
En este caso, la Contraloría señaló que las municipalidades pueden otorgar a estos planteles la autorización especial transitoria del inciso tercero del artículo 19, por un máximo de tres días, de manera excepcional y en las condiciones que esa norma detalla. Aclaró que no existe impedimento jurídico para ello.
¿Por qué la excepción para vender alcohol en colegios no se extiende a la educación superior?
En este caso, el organismo sostuvo que el legislador incorporó tanto la prohibición como su excepción en el artículo que regula los programas de moderación en el consumo, limitándolas a la enseñanza parvularia, básica y media. Por eso concluyó que no resultan aplicables a la educación superior.
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Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.