Resumen
La Contraloría General de la República imparte instrucciones y criterios complementarios para la aplicación de los dictámenes N°s. 22.766 y 23.518, ambos de 2016, en materia de contratas del personal de la Administración del Estado. Establece que, si la autoridad no renueva o prorroga una contrata, o la renueva en un grado o estamento inferior, por un plazo menor a un año, o sin fundamentación suficiente, y el afectado reclama oportunamente, la contratación debe prorrogarse en iguales términos y por todo el año siguiente. Aclara que ello no impide que la autoridad ponga término anticipado y fundado a una contrata cuando la designación contenga la cláusula "mientras sean necesarios sus servicios" u otra similar. Además, indica que, en los actos sujetos a toma de razón, el órgano examinará la legalidad de la fundamentación del término anticipado y podrá representarlo si carece de ella o es insuficiente; los actos sujetos solo a registro se registrarán, sin perjuicio del control posterior. Finalmente, ordena difundir estas instrucciones en los organismos públicos y velar por su cumplimiento.