Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema conoció un recurso de protección interpuesto por Mónica Alegría Purrán contra la Municipalidad de Alto Biobío por el Decreto Alcaldicio N°4392 de 27 de noviembre de 2025, que modificó unilateralmente sus funciones alegando afectación a su salud. La recurrente estimó que el acto era arbitrario e ilegal, vulnerando sus derechos constitucionales. La municipalidad defendió el decreto en uso de facultades privativas del alcalde para la administración y dirección del municipio, sin alterar grado ni remuneración. La Corte de Apelaciones de Concepción acogió el recurso, pero la Corte Suprema lo revocó y lo rechazó. El tribunal consideró que el alcalde actuó dentro de sus atribuciones legales, sin arbitrariedad ni ilegalidad. Las nuevas funciones se enmarcaban en el perfil del cargo administrativo y no implicaron discriminación. Se descartó la afectación a la salud por no estar acreditada en esta vía. El fallo fue acordado con una prevención del Ministro Matus.