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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido por una ciudadana en contra…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido por una ciudadana en contra de la Municipalidad de Buin, por no entregar información sobre las actuaciones posteriores a una citación al Juzgado de Policía Local, vinculadas a irregularidades y fiscalizaciones efectuadas en un club deportivo de la comuna. El Consejo concluyó que se trataba de información pública que debía obrar en poder del órgano conforme a sus funciones legales, que la respuesta entregada fue incompleta y que no se habían alegado causales de reserva. Se ordenó entregar la información en el plazo de días hábiles desde que la decisión quedara ejecutoriada, tarjando previamente los datos personales de contexto, y señalar expresamente en la etapa de cumplimiento si no existen más antecedentes. Se advirtió la aplicación de la sanción del artículo 46 de la Ley de Transparencia en caso de incumplimiento.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 19.628
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 15.231
  • Código Orgánico de Tribunales
  • Resolución N° 62
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Qué debe hacer un órgano público si responde de forma incompleta a una solicitud de información sobre actuaciones municipales?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió un amparo porque la Municipalidad entregó una respuesta incompleta y no alegó causales de reserva. Ordenó entregar la información, tarjando previamente los datos personales de contexto, y advirtió la sanción del artículo 46 de la Ley de Transparencia si no se cumple.

¿Puede un municipio negarse a entregar información sobre fiscalizaciones y procedimientos ante un juzgado de policía local?

En este caso, el Consejo concluyó que se trataba de información pública que debía obrar en poder del municipio conforme a sus funciones legales, y que no se habían alegado causales de reserva. Por ello, ordenó su entrega.

¿Qué plazo tiene un órgano para cumplir una decisión del Consejo para la Transparencia que ordena entregar información?

En este caso, el Consejo ordenó entregar la información en el plazo de días hábiles desde que la decisión quedara ejecutoriada. Además, el órgano debe señalar expresamente en la etapa de cumplimiento si no existen más antecedentes.

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