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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido contra la Subsecretaría de R…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido contra la Subsecretaría de Redes Asistenciales, por no entregar información sobre los montos gastados en personal a honorarios en los Servicios de Salud durante los años solicitados. El Consejo estimó que se trata de información pública que debe obrar en poder del organismo, y que este no respondió oportunamente ni alegó causales de reserva. Por ello ordenó entregar la información o, en su defecto, señalar fundadamente si no existe o no obra en su poder. Además, derivó el requerimiento a todos los Servicios de Salud del país conforme al artículo 13 de la Ley de Transparencia, representó al Subsecretario la infracción reiterada a los plazos de respuesta, y ordenó notificar la decisión. Contra ella procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 19.628
  • D.F.L. N° 1
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Qué debe hacer un organismo público si no responde en plazo una solicitud de información sobre gasto en personal a honorarios?

En este caso, el Consejo para la Transparencia estimó que la información es pública y que el organismo no respondió oportunamente ni alegó causales de reserva. Ordenó entregarla o, si no existe o no obra en su poder, señalarlo fundadamente.

¿Puede el Consejo para la Transparencia derivar una solicitud de información a otros organismos?

Sí, en este caso el Consejo derivó el requerimiento a todos los Servicios de Salud del país conforme al artículo 13 de la Ley de Transparencia. También representó al Subsecretario la infracción reiterada a los plazos de respuesta.

¿Contra qué resolución del Consejo para la Transparencia procede reclamo de ilegalidad y en qué plazo?

En este caso, la decisión del Consejo que acogió el amparo puede impugnarse mediante reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos.

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