Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema conoció del recurso de apelación interpuesto por Gracia Felidad contra la resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago que declaró inadmisible su acción de amparo contra el Servicio Nacional de Migraciones. La Corte Suprema consideró que los antecedentes descritos en el recurso podrían constituir uno de los supuestos previstos en el artículo 21 de la Constitución Política de la República. Por ello, revocó la resolución apelada y declaró admisible la acción de amparo. En su lugar, ordenó que una sala no inhabilitada de la Corte de Apelaciones de Santiago dé tramitación al amparo y se pronuncie sobre el fondo del asunto. La decisión se fundó en que la admisibilidad no debe resolverse de plano sino al conocer el fondo de la acción deducida.