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El Consejo para la Transparencia analizó un amparo de acceso a la información pública p…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2026

Resumen

El Consejo para la Transparencia analizó un amparo de acceso a la información pública presentado contra la Subsecretaría del Interior. Al revisar su admisibilidad, el Consejo advirtió que el órgano reclamado había entregado respuesta sobre el estado del trámite consultado. Conforme al artículo 46 del Reglamento de la Ley de Transparencia, se ordenó a la reclamante subsanar las omisiones en un plazo de cinco días hábiles, bajo apercibimiento de inadmisibilidad. Como la parte no realizó presentación alguna, el Consejo declaró inadmisible el amparo, de acuerdo con el artículo 24 de la Ley de Transparencia y el artículo 46 del Reglamento. La decisión fue adoptada por unanimidad de los miembros presentes y no admite recurso de reposición.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
  • Reglamento de la Ley de Transparencia
amparoDecisión de inadmisibilidadOtros

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si no se subsana un amparo de transparencia cuando el Consejo lo ordena?

En este caso, el Consejo para la Transparencia ordenó subsanar las omisiones en cinco días hábiles, bajo apercibimiento de inadmisibilidad. Como la parte no hizo ninguna presentación, declaró inadmisible el amparo conforme al artículo 24 de la Ley de Transparencia y al artículo 46 de su Reglamento.

¿Se puede pedir reposición contra la resolución que declara inadmisible un amparo ante el Consejo para la Transparencia?

En este caso, el Consejo resolvió por unanimidad de los miembros presentes que la decisión de inadmisibilidad no admite recurso de reposición.

¿El Consejo para la Transparencia puede revisar la admisibilidad de un amparo aunque el órgano reclamado ya haya respondido?

En este caso, el Consejo revisó la admisibilidad y advirtió que la Subsecretaría del Interior ya había entregado respuesta sobre el estado del trámite consultado. Aun así, ordenó a la reclamante subsanar las omisiones detectadas en el amparo.

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