Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre cómo computar el plazo de once meses de desempeño que exige el artículo 2º de la ley N° 20.645 para percibir la asignación de mejoramiento de la calidad de trato al usuario. Determinó que dicho plazo debe contarse desde la fecha de pago efectivo de la asignación, complementando el pronunciamiento N° 75.681, de 2014, y reconsiderando el N° 80.461, de igual año. Aplicando este criterio, concluyó que un funcionario de la Municipalidad de San Clemente cumplía los requisitos y debe recibir la asignación, mientras que una funcionaria con menos de once meses no. Asimismo, estableció que un funcionario de la Municipalidad de El Bosque, que la percibió en enero de 2017, tiene derecho a su pago. Respecto de dos exfuncionarias de la Municipalidad de Mostazal que ya no se desempeñaban al momento del pago, el organismo consideró que, al presentar sus reclamos bajo el criterio entonces vigente, debían entenderse cumplidos los requisitos, por lo que ordenó a esa municipalidad pagarles el emolumento.