Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
Administrativo

La Contraloría General de la República se pronunció sobre el momento desde el cual debe…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre el momento desde el cual debe computarse el plazo de once meses de desempeño exigido por el artículo 2° de la ley N° 20.645, que concede una asignación anual por mejoramiento de la calidad del trato al usuario al personal regido por la ley N° 19.378 en establecimientos municipales de atención primaria de salud. El órgano concluyó que dicho periodo debe contarse desde la fecha del pago efectivo del beneficio, aunque ésta ocurra en un mes distinto al de noviembre. Para ello se basó en el inciso cuarto del artículo 5° de la misma ley, que dispone el pago en una sola cuota a más tardar junto con las remuneraciones de noviembre, y en el artículo 4° del decreto N° 24, de 2013, del Ministerio de Salud, que fija el cómputo en meses completos hacia atrás desde esa fecha.

Normas citadas

  • Ley 20645 art/2
  • ley 20645 art/1
  • ley 20645 art/5 inc/4 dto 24/2013 salud art/4
  • dto 24/2013 salud art/3
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Desde cuándo se cuentan los once meses de desempeño para la asignación por mejoramiento de la calidad del trato al usuario en atención primaria municipal?

En este caso, la Contraloría General de la República concluyó que el plazo de once meses de desempeño se cuenta desde la fecha del pago efectivo del beneficio, aunque ese pago ocurra en un mes distinto de noviembre. Para ello se basó en la ley N° 20.645 y en el decreto N° 24, de 2013, del Ministerio de Salud.

¿El plazo de desempeño de la asignación de trato al usuario debe contarse siempre hasta noviembre?

En este caso, el organismo sostuvo que no necesariamente, porque el inciso cuarto del artículo 5° de la ley N° 20.645 dispone el pago en una cuota a más tardar junto con las remuneraciones de noviembre, pero el pago efectivo puede ocurrir en otro mes. Por eso el cómputo de los meses se hace hacia atrás desde esa fecha de pago.

¿Qué norma fija cómo se cuentan los meses completos hacia atrás para esta asignación de salud municipal?

En este caso, la Contraloría se apoyó en el artículo 4° del decreto N° 24, de 2013, del Ministerio de Salud, que establece que el cómputo se hace en meses completos hacia atrás desde la fecha del pago. Esta norma, junto con el artículo 2° de la ley N° 20.645, sirvió de base para el pronunciamiento.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2014 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre cómo computar el plazo de onc…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2018

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre el derecho a percibir la asig…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre el reclamo de una funcionaria…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2016

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre la situación funcionaria de u…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre la reclamación de un funciona…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.