Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de una funcionaria municipal de salud que pretendía acceder, mediante concurso interno, a la calidad de contratada en carácter indefinido conforme al inciso segundo del artículo 2° de la ley N° 20.858. El órgano concluyó que la interesada no cumplía el requisito de tres años continuos o discontinuos como contratada a plazo fijo a la fecha de publicación de la ley, el 11 de agosto de 2015, pues su vínculo a plazo fijo comenzó en 2013, y que el tiempo laborado previamente bajo el Código del Trabajo no era computable para ese efecto. Por ello, no procedía su acceso al indefinido por esa vía. Respecto del hostigamiento laboral alegado, la Contraloría señaló que debe analizarse en instancias judiciales o mediante sumario, correspondiendo a la autoridad edilicia ponderar la apertura de un procedimiento disciplinario, y agregó que no se acompañaron antecedentes que acreditaran conductas de acoso laboral.