Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Municipalidad de Tirúa, por la negativa a entregar copia de un decreto alcaldicio que ordenó una investigación sumaria, junto con todo lo obrado en ella, y en especial la resolución final si ya estuviera terminada. El Consejo estimó que se trata de información pública, que no constaba su remisión al solicitante y que el órgano no alegó circunstancias de hecho ni causales de secreto o reserva que justificaran la denegación. Por el principio de divisibilidad, el municipio deberá tarjar previamente los datos personales y sensibles de contexto, conforme a la Ley de Protección de la Vida Privada. La resolución advierte que, si no se entrega la información en la forma ordenada una vez firme, procede la multa del artículo 46 de la Ley de Transparencia, y que el órgano debe acreditar la entrega ante el Consejo. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva.