Seguridad social

A la remuneración imponible de cada uno de los meses empleados en la base de cálculo de…

Resumen del criterio jurisprudencial

A la remuneración imponible de cada uno de los meses empleados en la base de cálculo de estas prestaciones, - sólo se le debe descontar por concepto de cotización de salud el 7% que corresponde, tal como se consigna en las respectivas Liquidaciones de Sueldos, y no otro valor superior pactado.

CálculoIncapacidad temporalPrestaciones económicas

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.