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El Consejo para la Transparencia resolvió un amparo deducido por un particular en contr…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Resumen

El Consejo para la Transparencia resolvió un amparo deducido por un particular en contra del Fondo Nacional de Salud, por la negativa a entregar información sobre licencias médicas rechazadas de funcionarios de un hospital. El Consejo acogió el amparo sólo en cuanto el órgano no derivó la solicitud a la autoridad competente para pronunciarse sobre la materia. En virtud de los principios de máxima divulgación y facilitación de la Ley de Transparencia, ordenó derivar la solicitud a la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez para que resuelva lo requerido conforme a sus competencias. La decisión fue adoptada por unanimidad y puede ser impugnada mediante reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente dentro de 15 días corridos desde su notificación.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Qué debe hacer un organismo público si recibe una solicitud de información que no le corresponde responder?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió un amparo porque el Fondo Nacional de Salud no derivó la solicitud a la autoridad competente. Ordenó derivarla a la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez para que resolviera conforme a sus competencias.

¿Puede el Consejo para la Transparencia ordenar derivar una solicitud de acceso a la información a otro órgano?

Sí, en este caso el Consejo ordenó la derivación de la solicitud sobre licencias médicas rechazadas a la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez, aplicando los principios de máxima divulgación y facilitación de la Ley de Transparencia.

¿Cuál es el plazo para impugnar una resolución del Consejo para la Transparencia que acoge un amparo?

Según este caso, la resolución puede impugnarse mediante reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente dentro de 15 días corridos desde su notificación.

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