Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre una solicitud de devolución de los derechos municipales pagados por un primer permiso de edificación, en un caso en que el interesado desistió de la construcción original y luego obtuvo un nuevo permiso tras una fusión de predios. El órgano concluyó que no procede la restitución de esos montos, porque ingresaron válidamente al patrimonio municipal, en criterio ya contenido en el dictamen N° 30.014, de 2000. Consideró que el segundo permiso amparaba un proyecto y un predio distintos, por lo que los derechos son independientes, y que además se ejecutaron obras bajo la autorización original. Por ello, descartó aplicar el criterio del dictamen N° 59.797, de 2008, que se refería a un permiso invalidado sin obras, y ordenó transcribir el pronunciamiento a la Municipalidad de Ñuñoa.