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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra el Hospital Regiona…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra el Hospital Regional de Arica, al considerar que el organismo no dio una respuesta satisfactoria a una solicitud de información pública. Se discutió si el hospital había cumplido el estándar de búsqueda y acreditación de inexistencia de la información, y si era aplicable la causal de reserva del artículo 21 N° 1, letra c) de la Ley de Transparencia. El Consejo desestimó dicha causal y ordenó la entrega de copia del comprobante de pago de la factura indicada, junto con la indicación de la cuenta en que se realizó el pago. Asimismo, dispuso que el organismo acredite el cumplimiento dentro de plazo, bajo apercibimiento de las sanciones del artículo 46 de la ley. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de 15 días corridos.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 19.628
  • Ley N° 18.575
  • Resolución Exenta N° 491
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Puede un organismo público negarse a entregar un comprobante de pago invocando la reserva del artículo 21 N° 1 letra c) de la Ley de Transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia desestimó la causal de reserva del artículo 21 N° 1 letra c) invocada por el Hospital Regional de Arica y ordenó entregar el comprobante de pago solicitado.

¿Qué pasa si un organismo público no responde satisfactoriamente una solicitud de información y se presenta un amparo ante el Consejo para la Transparencia?

En este caso, el Consejo acogió el amparo contra el Hospital Regional de Arica por no dar una respuesta satisfactoria, y le ordenó acreditar el cumplimiento dentro de plazo bajo apercibimiento de las sanciones del artículo 46.

¿Cuál es el plazo para reclamar de ilegalidad contra una decisión del Consejo para la Transparencia en un amparo de acceso a la información?

En este caso, el resumen indica que contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de 15 días corridos.

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