La Corte Suprema acoge el recurso de unificación de jurisprudencia deducido por la Muni…
Sentencia · Corte Suprema · 2023
Resumen
La Corte Suprema acoge el recurso de unificación de jurisprudencia deducido por la Municipalidad de Maipú respecto de la aplicación del artículo 162 del Código del Trabajo en casos donde la relación laboral fue declarada por sentencia pero su origen fue un contrato a honorarios. Se declara nula parcialmente la sentencia de la Corte de Apelaciones que había rechazado el recurso de nulidad. La cuestión central es si procede la sanción de nulidad del despido cuando la relación laboral originalmente se enmarcó en una contratación a honorarios con un órgano de la administración del Estado. Se establece que cuando el origen de la relación es un contrato a honorarios amparado en la ley 18.833 con un órgano de la administración, no procede la sanción de nulidad del despido.
Normas citadas
Artículo 162 Código del Trabajo
Artículo 483 Código del Trabajo
Artículo 483 A Código del Trabajo
Artículo 4 Ley 18.833
Artículo 1° Ley 18.575
nulidad del despidocontrato a honorariosadministración del Estadorecurso de unificación de jurisprudenciarelación laboralprincipio de legalidadartículo 162 Código del Trabajo
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