Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la contratación, por parte de un municipio, de un docente afectado por una inhabilidad de ingreso por parentesco con autoridades o funcionarios directivos de la administración municipal, conforme a la ley N° 18.575. Si bien esa limitación impide el ingreso, el organismo reconoció que el municipio debe asegurar la continuidad del servicio educativo en sus escuelas y liceos, en virtud de los derechos constitucionales en la materia y de los principios de servicialidad y continuidad. Por ello, resolvió que la contratación solo es admisible de forma excepcional, cuando no exista otra alternativa para brindar una pronta atención a los alumnos en asignaturas que requieren de un docente reemplazante. Previamente, el municipio debe acreditar que adoptó acciones pertinentes, como llamados con difusión adecuada, sin lograr cubrir el cargo con una persona que cumpla todos los requisitos. Además, debe mantener los antecedentes que permitan a la Contraloría Regional verificar esos supuestos, lo que será considerado en su plan de visitas.