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El Consejo para la Transparencia conoció un reclamo de transparencia activa presentado…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Resumen

El Consejo para la Transparencia conoció un reclamo de transparencia activa presentado en contra del Servicio Local de Educación Pública Llanquihue, por la supuesta omisión en la publicación de información sobre actos y documentos calificados como secretos o reservados. El órgano fiscalizado mantenía publicada, para 2020, 2022 y 2023, una leyenda indicando que no había emitido actos o documentos de esa naturaleza, y para 2021 contaba con una planilla de actos denegatorios que no se encontraba disponible. Según el informe de la Dirección de Fiscalización, el Consejo concluyó que no se constató infracción a las normas de transparencia activa, por lo que rechazó el reclamo. Contra esta decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante, dentro de 15 días corridos desde su notificación.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 19.628
  • Artículo 59 de la Ley N° 19.880
reclamoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Qué debe publicar un servicio público sobre actos y documentos calificados como secretos o reservados en transparencia activa?

En este caso, el Consejo para la Transparencia analizó la omisión de publicar información sobre actos y documentos reservados. Concluyó que no hubo infracción, porque el servicio mantenía publicada una leyenda indicando que no había emitido actos de esa naturaleza en los años revisados, y tenía una planilla de denegatorias para el año restante.

¿Cuál es el plazo para presentar un reclamo de ilegalidad contra una decisión del Consejo para la Transparencia?

Según esta resolución, contra la decisión que rechazó el reclamo procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante, dentro de 15 días corridos desde su notificación.

¿Qué hace el Consejo para la Transparencia cuando un reclamo de transparencia activa no constata infracción?

En este caso, tras el informe de la Dirección de Fiscalización, el Consejo concluyó que no se constató infracción a las normas de transparencia activa y, por ello, rechazó el reclamo presentado contra el Servicio Local de Educación Pública Llanquihue.

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