Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo deducido en contra del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, teniéndose por entregada, extemporáneamente, la información que obra en poder del órgano sobre actas y/o documentos de respaldo de las reuniones sostenidas con organizaciones indígenas en el marco del proceso de consulta indígena por hallazgos arqueológicos no previstos registrados en el marco de las obras de construcción del proyecto “Central Hidroeléctrica Los Lagos” de Statkraft Chile (Consulta Indígena Pilmaiquén). Lo anterior, por cuanto el órgano en sus descargos proporcionó toda la información que obra en su poder sobre lo consultado.