Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema conoció de un recurso de apelación contra una resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago que declaró inadmisible una acción de amparo interpuesta por Jeiso Andrés Martínez Hurtado en contra del Servicio Nacional de Migraciones. La acción de amparo se fundaba en una situación que, según el recurrente, vulneraba sus derechos constitucionales. La Corte Suprema, al revisar los antecedentes, consideró que la situación descrita podía constituir uno de los supuestos previstos en el artículo 21 de la Constitución Política de la República. En consecuencia, revocó la resolución apelada y declaró admisible la acción de amparo, ordenando a una sala no inhabilitada de la Corte de Apelaciones de Santiago que le dé la tramitación correspondiente y se pronuncie sobre el fondo del amparo. La decisión se adoptó sin entrar a analizar el mérito de la acción, sino únicamente su admisibilidad.