Laboral

1) No se ajustaría a derecho la distribución de porcentajes de la Asignación Anual de M…

Resumen del criterio jurisprudencial

1) No se ajustaría a derecho la distribución de porcentajes de la Asignación Anual de Mérito establecida en el artículo 30 bis de la ley 19.378, realizada por la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lo Prado. 2) Los pagos de carácter remuneratorio que deban realizarse en el marco de la ley 19.378, no tienen carácter retroactivo y se devengan desde la fecha de la resolución que ordena su pago.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.