Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre una solicitud de revisión de sus dictámenes relativos a las normas para el otorgamiento de patentes municipales que amparan el funcionamiento de máquinas electrónicas de juego. El organismo recordó que, por regla general, el funcionamiento de juegos de azar es ilegal y que estas máquinas solo pueden explotarse en casinos de juego debidamente autorizados, previa homologación por un laboratorio certificador acreditado. En consecuencia, resolvió que los municipios no pueden autorizar su funcionamiento en locales comerciales sujetos a patente municipal, conforme a la Ley de Rentas Municipales, y que es responsabilidad de cada municipalidad fiscalizar el cumplimiento de esta normativa. Confirmó así los dictámenes N° 11.195, de 2006, y N° 46.338, de 2008. Asimismo, precisó que corresponde a la Administración activa determinar si una máquina es de azar o de destreza, ciñéndose al Catálogo de Juegos de la Superintendencia de Casinos de Juego, sin perjuicio de las atribuciones de esa superintendencia y de la propia Contraloría.