Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre si Carabineros de Chile podía contratar, mediante una ampliación de servicios, la facilitación de su red de comunicaciones P25 y su equipamiento a la Oficina Nacional de Emergencia, en el marco del Sistema Nacional de Protección Civil. El órgano de control recordó que los contratos administrativos deben celebrarse previa propuesta pública, con las excepciones legales, y que la contratación debe ajustarse a la Ley N° 18.575, a la Ley N° 18.928 y a la Ley N° 19.886 y su reglamento. Constató, a partir de una auditoría previa, que desde 2006 la institución había suscrito acuerdos con su proveedor mediante trato directo y prórrogas sucesivas. Concluyó que el trato directo es un mecanismo excepcional que exige acreditar y fundamentar sus razones, y que las prórrogas indefinidas contravienen los principios de transparencia y libre concurrencia. Por ello, dispuso que Carabineros debe adoptar las medidas necesarias para que esa contratación se realice mediante propuesta pública.