Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de un exfuncionario de la Dirección General de Aeronáutica Civil, quien pretendía traspasar las cotizaciones de su desempeño en ese servicio, entre 1988 y 2012, desde el Instituto de Previsión Social a la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, invocando el artículo 2° transitorio de la ley N° 18.458. La Caja y la Dirección General sostuvieron que el peticionario debió cotizar en el antiguo régimen civil desde su contratación en 1988. El organismo constató que, antes del 1 de abril de 1988, su última afiliación correspondía al sector civil, por lo que, conforme a la citada disposición, debía mantenerse en ese régimen. En consecuencia, se resolvió que no le asiste el derecho a traspasar sus imposiciones a la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, por no cumplir los requisitos establecidos.