Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de un cirujano dentista que pidió reconocer su derecho a traspasar las cotizaciones enteradas en una administradora de fondos de pensiones a la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, por los servicios prestados en Centros de Salud y Rehabilitación de esa caja entre 1985 y 1998. La caja previsional confirmó la contratación y señaló que, si la situación del peticionario no estaba consolidada en el sistema del decreto ley N° 3.500, correspondía derivar esas cotizaciones en los términos solicitados. El organismo contralor razonó que el personal de dichos centros, contratado antes de la ley N° 18.458, tiene el carácter de imponente de la caja y puede efectuar ese traspaso, y que sus servicios debieron quedar afectos a ese organismo previsional. En consecuencia, concluyó que el recurrente tiene derecho a traspasar las imposiciones del período laborado, sujeto al Código del Trabajo, siempre que no haya obtenido previamente un beneficio jubilatorio en el régimen del decreto ley N° 3.500.