Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
Administrativo

La Contraloría General de la República dictaminó que el traspaso de cotizaciones de un…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

Resumen

La Contraloría General de la República dictaminó que el traspaso de cotizaciones de un funcionario desde una administradora de fondos de pensiones hacia la Caja de Previsión de la Defensa Nacional no se ajustó a derecho. El funcionario, que se había retirado de la Armada sin derecho a pensión y luego se afilió al sistema de capitalización individual, fue contratado por la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante. Por un error del empleador, sus cotizaciones fueron remitidas a la Caja de Previsión de la Defensa Nacional a partir de 2001, pese a que el artículo 1° de la Ley N° 18.458 no incluye al personal de ese servicio entre los beneficiarios de dicho régimen previsional. Al ser la afiliación al sistema del Decreto Ley N° 3.500 única y permanente, la Contraloría concluyó que la caja debe traspasar los fondos a la administradora de fondos de pensiones correspondiente.

Normas citadas

  • ley 18458 art/1
  • dl 3500/80 art/2 inc/3
  • ley 18458 art/3
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si un empleador envía por error las cotizaciones previsionales de un trabajador a una caja que no corresponde?

En este caso, la Contraloría sostuvo que el traspaso de cotizaciones a la Caja de Previsión de la Defensa Nacional no se ajustó a derecho, porque el régimen de esa caja no incluye al personal de la Dirección del Territorio Marítimo. Concluyó que la caja debe traspasar los fondos a la administradora de fondos de pensiones correspondiente.

¿Puede un trabajador afiliado al sistema de capitalización individual ser incorporado a la Caja de Previsión de la Defensa Nacional?

En este caso, la Contraloría concluyó que no, porque el artículo 1° de la Ley N° 18.458 no incluye al personal de ese servicio entre los beneficiarios de dicho régimen. Además, la afiliación al sistema del Decreto Ley N° 3.500 es única y permanente.

¿La afiliación al sistema de pensiones del Decreto Ley N° 3.500 puede cambiarse a otro régimen previsional?

En este caso, la Contraloría sostuvo que la afiliación al sistema del Decreto Ley N° 3.500 es única y permanente, por lo que no corresponde trasladar las cotizaciones a la Caja de Previsión de la Defensa Nacional. Los fondos deben volver a la administradora de fondos de pensiones correspondiente.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2014 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de un vigilante…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2010

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre si la Caja de Previsión de la…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2013

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre el traspaso de cotizaciones d…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

  • La Contraloría General de la República acogió la solicitud de un cirujano dentista que…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2013

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de una funcionar…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.