Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
AdministrativoAcoge

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo contra la Subsecretaría de Salud Públ…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo contra la Subsecretaría de Salud Pública, que había negado el acceso a información sobre denuncias y reclamos ingresados por funcionarios, desglosados por región y período, junto con las acciones de las SEREMI de Salud y las fiscalizaciones o requerimientos dirigidos a la Subsecretaría de Energía. El Consejo ordenó su entrega por tratarse de información pública y estadística que no permite identificar a los denunciantes. Sin embargo, en regiones con menos de 10 denuncias anuales sólo deberá informarse el total por año, pues la combinación de cifras, fecha de ingreso y condición de funcionario de la Subsecretaría de Energía podría facilitar la identificación de los denunciantes y afectar derechos personales. Si algún antecedente no existe, deberá comunicarse expresa y fundadamente. El cumplimiento debe realizarse dentro de 5 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, bajo apercibimiento legal.

Normas citadas

  • Ley 19628 1999 - Ley de protección de la vida privada
  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de FondoSalud

Preguntas frecuentes

¿Se puede acceder a estadísticas de denuncias de funcionarios de un organismo público si las cifras podrían permitir identificar a los denunciantes?

En este caso, el Consejo para la Transparencia ordenó entregar la información estadística, pero en regiones con menos de 10 denuncias anuales solo debe informarse el total por año, porque el cruce de cifras, fechas y condición de funcionario podría identificar a los denunciantes y afectar derechos personales.

¿Qué debe hacer un organismo público si no tiene la información solicitada en una solicitud de transparencia?

En este caso, el Consejo sostuvo que, si algún antecedente no existe, el organismo debe comunicarlo de manera expresa y fundada, en lugar de omitir la respuesta.

¿En qué plazo debe cumplir un organismo una decisión del Consejo para la Transparencia que acoge un amparo?

En este caso, el Consejo ordenó a la Subsecretaría de Salud Pública cumplir la entrega dentro de 5 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, bajo apercibimiento legal.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2021 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo presentado por una recla…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

  • El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo contra el Servicio de Sa…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2025

  • El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado en contra de la SEREMI de…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

  • El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Secretaría Regio…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2025

  • El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la SEREMI de Salud…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2025

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.