El Tribunal Constitucional conoce de un recurso de agravio constitucional interpuesto p…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2025
Resumen
El Tribunal Constitucional conoce de un recurso de agravio constitucional interpuesto por los representantes de R.R.G.C. y A.S.M., quienes fueron retenidos por rondas campesinas en Ollachea, Puno, desde el 16 de enero de 2022. Los demandantes alegaban vulneración de derechos fundamentales a la integridad física y moral, así como prohibición de tratos humillantes. El Tribunal declara fundada parcialmente la demanda respecto de la violación de libertad individual de A.S.M.. Se ordena a las Rondas Campesinas abstenerse de conductas similares en el futuro. Se exhorta al Ministerio Público y Policía Nacional a investigar si se violó el derecho a la integridad personal de los beneficiarios.
Normas citadas
Decreto Legislativo N.° 1412
Decreto Supremo N.° 029-2021-PCM
Directiva N.° 002-2021-PCM/SGTD
Derecho a la integridad personal
Derecho a la libertad individual
Derechos consuetudinarios
rondas campesinasjusticia comunalderechos humanosintegridad personallibertad individualderecho consuetudinariohabeas corpusPuno
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