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El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible, por extemporáneo, un amparo de ac…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2025

Resumen

El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible, por extemporáneo, un amparo de acceso a la información pública presentado contra la Municipalidad de San Fabián, relativo a su política de recursos humanos y a planes piloto del municipio. El reclamo se interpuso después del plazo de quince días hábiles contados desde el vencimiento del plazo de respuesta, por lo que no pudo admitirse a tramitación. El órgano hizo presente que la municipalidad había entregado una respuesta a la solicitud con fecha 26 de diciembre de 2024, y dejó a salvo que la parte interesada podía presentar un nuevo amparo dentro del plazo de quince días hábiles desde la notificación de esa respuesta. La resolución indica que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, en el plazo de quince días corridos, y que no procede el recurso de reposición.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
  • Reglamento de la Ley de Transparencia
amparoDecisión de inadmisibilidadOtros

Preguntas frecuentes

¿Qué plazo tengo para presentar un amparo de acceso a la información pública ante el Consejo para la Transparencia?

En este caso, el Consejo declaró inadmisible un amparo por haberse presentado fuera de plazo, es decir, después de quince días hábiles contados desde el vencimiento del plazo de respuesta de la institución. El órgano dejó a salvo que se podía presentar un nuevo amparo dentro de quince días hábiles desde la notificación de la respuesta.

¿Puedo presentar un nuevo amparo si el organismo público responde mi solicitud fuera de plazo?

En este caso, el Consejo indicó que la parte interesada podía presentar un nuevo amparo dentro del plazo de quince días hábiles desde la notificación de la respuesta que entregó la municipalidad. Sin embargo, el primer amparo fue declarado inadmisible por extemporáneo.

¿Qué recurso procede contra una resolución del Consejo para la Transparencia que declara inadmisible un amparo?

En este caso, la resolución señala que procede el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, en el plazo de quince días corridos. Además, indica que no procede el recurso de reposición.

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