AdministrativoAcoge

La empresa AES GENER S.A. (hoy AES ANDES S.A.) dedujo reclamación contra la Dirección G…

Sentencia · Corte Suprema · 2023

Resumen

La empresa AES GENER S.A. (hoy AES ANDES S.A.) dedujo reclamación contra la Dirección General de Aguas (DGA) por resoluciones que la mantuvieron en el listado de patentes por no uso de derechos de aprovechamiento de aguas, respecto del proyecto hidroeléctrico Alto Maipo. La reclamación fue rechazada por la Corte de Apelaciones de Santiago, por lo que la empresa dedujo recurso de casación en el fondo. La Corte Suprema acogió el recurso, señalando que la sentencia recurrida incurrió en error de derecho al interpretar erróneamente el artículo 129 bis 9 del Código de Aguas, pues no consideró que las obras de captación y restitución estaban construidas y operativas, lo que eximía del pago de la patente. La Corte Suprema anuló la sentencia de la Corte de Apelaciones y la reemplazó por una que acoge la reclamación, dejando sin efecto las resoluciones de la DGA que mantenían las patentes. La decisión se basó en que la DGA no fundamentó adecuadamente sus resoluciones, vulnerando el deber de motivación y el debido proceso administrativo.

Normas citadas

  • Art. 129 bis 8 del Código de Aguas
  • Art. 129 bis 9 del Código de Aguas
  • Art. 57 del Decreto Supremo MOP N° 50/2015
  • Art. 294 del Código de Aguas
  • Art. 295 del Código de Aguas
  • Art. 41 de la Ley N° 19.880
  • Art. 764 del Código de Procedimiento Civil
  • Art. 765 del Código de Procedimiento Civil
aguasCorte Suprema

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis: 5 consultas y 5 créditos de regalo, sin tarjeta de crédito.

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.