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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de un exfunciona…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2015

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de un exfuncionario de Carabineros de Chile que pretendía el reconocimiento de la asignación de actividad peligrosa o nociva para la salud y su incorporación en su pensión de retiro. La institución policial informó que el peticionario no cumplía los requisitos para otorgarla. El organismo recordó que el artículo 3°, letra o), inciso cuarto, del decreto N° 87, de 1999, del Ministerio de Defensa Nacional, permite calificar como peligrosas o nocivas otras actividades, condición que debe evaluar la Dirección de Salud previo informe de la Comisión Médica Central, y reiteró que el beneficio depende de las características del trabajo y no del lugar. Concluyó que el hecho de que otros funcionarios con funciones similares hayan recibido la asignación no genera derecho para el peticionario. Asimismo, señaló que para incluir un beneficio en el cálculo de una pensión de retiro debe haberse percibido en servicio activo, requisito que no se cumple en este caso, por lo que no procede reliquidar la jubilación con dicha asignación.

Normas citadas

  • dto 87/99 defen art/3 lt/o inc/4
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Procede otorgar la asignación de actividad peligrosa o nociva a un funcionario de Carabineros si otros con funciones similares sí la recibieron?

En este caso, la Contraloría sostuvo que el beneficio depende de las características del trabajo y no del lugar, y que el hecho de que otros funcionarios con funciones similares lo hayan recibido no genera derecho para el peticionario.

¿Quién califica si una actividad de Carabineros es peligrosa o nociva para efectos de la asignación?

En este caso, la Contraloría recordó que el artículo 3°, letra o), inciso cuarto, del decreto N° 87, de 1999, del Ministerio de Defensa Nacional, permite calificar otras actividades como peligrosas o nocivas, condición que debe evaluar la Dirección de Salud previo informe de la Comisión Médica Central.

¿Puede incluirse la asignación de actividad peligrosa o nociva en el cálculo de la pensión de retiro de un exfuncionario de Carabineros?

En este caso, la Contraloría señaló que para incluir un beneficio en el cálculo de una pensión de retiro debe haberse percibido en servicio activo, requisito que no se cumplía, por lo que no procedía reliquidar la jubilación con dicha asignación.

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