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El Consejo para la Transparencia conoció un amparo de acceso a la información pública p…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2020

Resumen

El Consejo para la Transparencia conoció un amparo de acceso a la información pública presentado por una solicitante contra la Municipalidad de La Florida. La municipalidad había respondido la solicitud y la respuesta fue notificada a la reclamante en junio de 2020, por lo que el plazo legal para deducir amparo era de quince días hábiles. El Consejo constató que el amparo se presentó fuera de ese plazo, por lo que lo declaró inadmisible y no lo admitió a tramitación. Se ordenó notificar la decisión a la reclamante y al alcalde. Contra esta resolución procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones del domicilio de la reclamante, dentro de quince días corridos desde su notificación, conforme a la Ley de Transparencia; no procede recurso de reposición.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de inadmisibilidad

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el plazo para presentar un amparo de acceso a la información pública ante el Consejo para la Transparencia en Chile?

En este caso, el Consejo para la Transparencia sostuvo que el plazo para deducir amparo era de quince días hábiles contados desde la respuesta notificada por el organismo. Como el amparo se presentó fuera de ese plazo, fue declarado inadmisible.

¿Qué pasa si un amparo de transparencia se presenta fuera de plazo ante el Consejo para la Transparencia?

En este caso, el Consejo constató que el amparo se presentó extemporáneamente y lo declaró inadmisible, sin admitirlo a tramitación. Ordenó notificar la decisión a la reclamante y al alcalde.

¿Contra una resolución del Consejo para la Transparencia que declara inadmisible un amparo, procede reposición o reclamo de ilegalidad?

En este caso, el Consejo indicó que no procede recurso de reposición, sino reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones del domicilio de la reclamante. Este reclamo debe presentarse dentro de quince días corridos desde la notificación, conforme a la Ley de Transparencia.

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