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El Consejo para la Transparencia conoció un amparo de acceso a la información pública p…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2025

Resumen

El Consejo para la Transparencia conoció un amparo de acceso a la información pública presentado contra la Municipalidad de La Florida, relativo a antecedentes de un permiso de construcción. Al analizar la admisibilidad, el Consejo constató que no era clara la fundamentación del reclamo, pues el enlace informado permitía acceder a lo requerido. Con base en el artículo 46 del Reglamento de la Ley de Transparencia, se ordenó subsanar u aclarar la solicitud en cinco días hábiles, apercibiendo con declarar la inadmisibilidad, y la parte requirente no realizó presentación alguna. En consecuencia, el Consejo resolvió por unanimidad declarar inadmisible el amparo, conforme al artículo 24 de la Ley de Transparencia, y dispuso su notificación a la requirente y al alcalde municipal.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
  • Reglamento de la Ley de Transparencia
amparoDecisión de inadmisibilidadOtros

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si no se aclara un amparo de acceso a la información pública ante el Consejo para la Transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia ordenó aclarar el reclamo en cinco días hábiles, apercibiendo con declarar la inadmisibilidad. Como la parte requirente no hizo presentación alguna, el Consejo declaró inadmisible el amparo por unanimidad.

¿Cuándo puede el Consejo para la Transparencia declarar inadmisible un amparo por falta de claridad en la fundamentación?

En este caso, el Consejo constató que la fundamentación del reclamo no era clara y, conforme al artículo 46 del Reglamento de la Ley de Transparencia, ordenó subsanarla. Ante la falta de respuesta, declaró inadmisible el amparo según el artículo 24 de la Ley de Transparencia.

¿Qué ocurre si el enlace informado por un municipio ya permite acceder a la información solicitada en un amparo?

En este caso, el Consejo para la Transparencia observó que el enlace informado por la Municipalidad de La Florida permitía acceder a lo requerido, lo que hizo poco clara la fundamentación del reclamo. Esa situación motivó la orden de aclaración previa a la inadmisibilidad.

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