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La Contraloría General de la República desestimó una solicitud de reconsideración del d…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

Resumen

La Contraloría General de la República desestimó una solicitud de reconsideración del dictamen N° 51.675, de 2014, presentada por un funcionario sancionado en un sumario administrativo. El órgano razonó que las alegaciones eran coincidentes con las ya formuladas durante el sumario y con las consideradas en el dictamen impugnado. Recordó que, según su jurisprudencia, una sanción firme no puede modificarse salvo que se reabra el expediente y se pruebe inequívocamente una ilegalidad o hechos nuevos de entidad suficiente; esa reapertura corresponde a la autoridad sancionadora, ante quien debe dirigirse el afectado. En cuanto a la falta de acogida de prueba testimonial, precisó que el fiscal no está obligado a practicar todas las diligencias pedidas, sino solo las útiles, pertinentes y plausibles, y que la alegación carecía de fundamento, pues uno de los testigos declaró, otro no pudo ser notificado con renuncia expresa del inculpado a nuevas gestiones, y los restantes no concurrieron en la fecha fijada.

ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Puede la Contraloría modificar una sanción administrativa firme a petición de un funcionario que ya fue sancionado?

En este caso, la Contraloría desestimó la reconsideración porque reiteraba alegaciones ya formuladas en el sumario. Sostuvo que una sanción firme solo puede modificarse si se reabre el expediente y se prueba inequívocamente una ilegalidad o hechos nuevos de entidad suficiente, reapertura que corresponde a la autoridad sancionadora.

¿El fiscal de un sumario administrativo está obligado a practicar todas las diligencias de prueba que pida el inculpado?

No, según este dictamen el fiscal solo debe practicar las diligencias útiles, pertinentes y plausibles. En este caso, la Contraloría descartó la alegación porque uno de los testigos sí declaró, otro no fue notificado por renuncia expresa del inculpado y los demás no concurrieron a la fecha fijada.

¿Qué debe hacer un funcionario sancionado si quiere que se revise una sanción firme en un sumario administrativo?

Según este dictamen, el afectado debe dirigirse a la autoridad sancionadora, pues es ella quien puede reabrir el expediente. La Contraloría no lo hace directamente cuando solo se reiteran argumentos ya considerados.

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