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El Consejo para la Transparencia acogió un reclamo por infracción a las normas de trans…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2019

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un reclamo por infracción a las normas de transparencia activa presentado en contra de la Municipalidad de Quinta Normal. Se constató que, a la fecha de la fiscalización, el órgano no mantenía de manera expedita el acceso a los actos y resoluciones con efectos sobre terceros, información que el artículo 7 literal g) de la Ley de Transparencia obliga a publicar. En consecuencia, el Consejo ordenó al municipio publicar dicha información conforme a la Ley de Transparencia, su Reglamento y la Instrucción General N° 11, dentro de 10 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, bajo apercibimiento del artículo 47, y encargó a la Dirección de Fiscalización el seguimiento de su cumplimiento. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, en el plazo de 15 días corridos.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
  • Reglamento de la Ley de Transparencia
reclamoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Qué obligación tienen los municipios en materia de transparencia activa respecto de los actos y resoluciones que afectan a terceros?

En este caso, el Consejo para la Transparencia constató que la Municipalidad de Quinta Normal no mantenía de manera expedita el acceso a los actos y resoluciones con efectos sobre terceros, información que el artículo 7 literal g) de la Ley de Transparencia obliga a publicar.

¿Qué puede ordenar el Consejo para la Transparencia cuando un órgano público incumple las normas de transparencia activa?

En este caso, el Consejo acogió el reclamo y ordenó al municipio publicar la información conforme a la Ley de Transparencia, su Reglamento y la Instrucción General N° 11, dentro de 10 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, bajo apercibimiento del artículo 47.

¿Contra una resolución del Consejo para la Transparencia que acoge un reclamo de transparencia activa, qué recurso procede?

En este caso, contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, en el plazo de 15 días corridos.

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